Colombia tendrá primera eutanasia para persona con enfermedad no terminal

 la Corte Constitucional de Colombia amplió el acceso a la eutanasia para personas con enfermedades no terminales. La decisión abrió el camino para el primer procedimiento, que se realizará en un instituto de salud (IPS) en Cali, capital del Valle del Cauca, este viernes (7).

El paciente es Víctor Escobar Prado, de 60 años, quien padece EPOC (Enfermedad Pulmonar Obstructiva), ha tenido varios accidentes cerebrovasculares y otras enfermedades.

El anuncio se produjo luego de que un juzgado de Cali ordenara al comité científico de la EPS Coomeva, la organización de salud de Escobar, hablar con la paciente y fijar una fecha para la eutanasia.

“Si este viernes se aplica la eutanasia, probablemente esa sea la forma en que están buscando que se aplique esta práctica no solo a los enfermos terminales, sino a quienes padecen enfermedades crónicas e incluso alguna depresión psicológica. La situación es delicada porque el abuso puede empezar en cualquier momento”, dijo Jesús Magaña, presidente de la plataforma Unidos por la Vida en Colombia, en entrevista con ACI Prensa, la agencia en español del grupo ACI.

El dirigente pro vida criticó que “el juzgado de Cali emitió una sentencia con base en un comunicado de la Corte Constitucional”.

“Hablo de comunicación porque la Corte Constitucional no emitió sentencia, solo se publicó un comunicado de prensa, esto es grave. La Corte está legislando en Colombia, cosa que no le corresponde, a través de comunicados de prensa”, dijo.

Además, Magaña señaló que “si bien la Corte Constitucional ha emitido una sentencia que autoriza la eutanasia para personas con enfermedades crónicas no mortales, no existe una regulación al respecto”.

“La Corte Constitucional siguió legislando a través de sentencias, desconociendo y desconociendo el papel del Poder Legislativo, que es el encargado de regular y generar las leyes. Tenemos sentencias sin fundamento en el sistema democrático, pues surgen de la ideología de algunos magistrados de la Corte (9 en total) que tienden a decidir de forma dividida”, lamentó.

“Entonces hay un vacío desde el punto de vista legal; es una sentencia ilegal porque no hay una ley que la sustente, es una sentencia que viola la institucionalidad democrática porque no responde a un análisis de ley, sino que inventa disposiciones que incluso van en contra de la Constitución”, continuó Magaña.

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