ESPAÑA. Comunidad Valenciana votará por nueva ley LGTB


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ESPAÑA. Comunidad Valenciana votará por nueva ley LGTB

La ley de “reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género” pretende luchar contra la discriminación hacia el colectivo, proveerá la financiación pública de tratamientos trans en niños, y establece un régimen sancionador con inversión de la carga de la prueba, con multas desde los 300 a 30.000 euros.

La Comunidad Valenciana debatirá y votará por el “Proyecto de ley, de la Generalitat, integral del reconocimiento del derecho a la identidad y expresión de género” publicado en el Boletín oficial en el pasado mes de octubre. Esta ley, a semejanza de las aprobadas en otras diez comunidades autónomas, establece medidas para la protección del colectivo LGTB, con consideraciones hacia la situación de la identidad y expresión de género.

Estas leyes, que se han venido aprobando sin oposición política desde el año 2009 en distintos parlamentos autonómicos, pretenden eliminar la discriminación hacia el colectivo y garantizar su participación en distintos ámbitos públicos y favoreciendo su promoción educativa.

En el caso de la ley que se aprobará este miércoles en la Comunidad Valenciana, se establecen además procedimientos “para luchar contra las conductas discriminatorias, estableciendo el principio de inversión de la carga de la prueba en los procedimientos administrativos” estableciendo “infracciones y sanciones (…) en materia de vulneración de los derechos de las personas trans”.  

La ley establece en su artículo 6 que “se prohíbe la práctica de terapias de aversión, conversión o o expresión de género de las personas trans”. En base a un artículo parecido en la Comunidad de Madrid se multó a una terapeuta que ofrecía ayuda para aquellas personas que quisieran dejar su tendencia sexual.

La ley tendrá consecuencias en muchos ámbitos públicos. Prácticamente se establece que todos los funcionarios médicos, profesores, asistentes sociales, entre otros, reciban formación específica en asuntos como la identidad y expresión de género, una formación que estará siempre asesorada por el Consejo Consultivo Trans antes descrito.

El sistema sanitario público ofrecerá “asesoramiento sexológico, terapia farmacológica y hormonal en el proceso de transición hacia el género sentido, tratamientos quirúrgicos, apoyo psicológico, acceso a técnicas de reproducción asistida en las mismas condiciones que el resto de usuarios”.

En cuanto a los menores de edad, se especifica (artículo 15) su derecho a “recibir tratamiento para el bloqueo hormonal al inicio de la pubertad, situación que se determinará utilizando aquellas medidas que objetivamente sean aplicables según marque la literatura médica más avanzada del momento en que se tenga que aplicar, para evitar el desarrollo de caracteres sexuales secundarios no deseados”.

Aunque el tratamiento se producirá “bajo la autorización de quienes posean la tutela de la persona trans menor de edad o, en su caso, por autorización del juez o la jueza correspondiente”, en último caso la decisión que prima es la del menor. De hecho, la ley insiste en que “la negativa de madres, padres o tutores a autorizar tratamientos relacionados con la transexualidad o a que se establezca preventivamente un tratamiento de inhibición del desarrollo hormonal, podrá ser recurrida ante la autoridad judicial”.

La ley especifica que el juez “en todo caso atenderá al criterio del interés superior de la persona trans menor de edad”, es decir, que pone la decisión del menor por encima del criterio paterno.  Asimismo la ley obliga a que los currículums en todos los tramos de educación desde infantil hasta la formación universitaria- incluya “contenidos, criterios e indicadores de evaluación referentes a la identidad y expresión de género, diversidad sexual y familiar existente en la sociedad, incorporándolos de forma transversal a todas las áreas y módulos”.

La ley establece un régimen de sanciones económicas, desde leves a graves. Estas sanciones serán impuestas cuando cualquier persona realice una acusación, siendo el acusado quien tiene que demostrar su inocencia.

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Fuente: Biblia Todo

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